En carreteras nacionales y departamentales, salvo señal en contrario, la velocidad en ningún caso podrá superar:
Resolver el examen 1 en línea- 90 km/h ✓
- 100 km/h
- 120 km/h
Respuesta correcta: 90 km/h
En carreteras nacionales y departamentales la velocidad no puede superar los 90 km/h, salvo la señalización específica de la vía. (Artículo 107 CNT)
En carreteras nacionales y departamentales la velocidad no puede superar los 90 km/h, salvo la señalización específica de la vía. (Artículo 107 CNT)
Pregunta del examen 1 · Tema: Velocidad
También aparece en los exámenes: 1 (A1 · Moto) 1 (A2 · Moto) 1 (B2 · Carga) 1 (C2 · Público)